El tribunal superior de justicia de Castilla y León anuló por motivos formales la instrucción del Ayuntamiento de Valladolid para la Inspección Técnica de Edificios

La ordenanza publicada por el consistorio de Valladolid establecía los requisitos de la ITE, un instrumento de control y fomentol de la conservación de los edificios y fijaba la inspección periódica obligatoria para todos los inmuebles cuya antigüedad superase los 40 años.

El TSJCyL recalcó que la tramitación de dicha norma, la cual el Ayuntamiento de Valladolid procesó como “instrucción” no es tal, ya que constituye una propia y verdadera norma jurídica porque su ámbito va más allá de los órganos internos de la administración”. Por tanto concluye que el procedimiento debió ser otro y anula de pleno derecho la instrucción.

Desde el momento en que dicha instrucción es anulada, la ley que legisla sobre las ITE en Valladolid es la Ley 9/2010, de 30 de agosto, del Derecho a la Vivienda de Castilla y León, dónde el artículo 315, ahora titulado “objeto y ámbito de aplicación”, cumple el mandato legal de determinar los ámbitos geográficos donde la inspección será obligatoria: en Castilla y León, serán todos los municipios con más de 5.000 habitantes, escalón que define el umbral de las funciones urbanas, más los situados en el área urbana de las capitales de provincia, que se integran funcionalmente en el escalón urbano superior a partir de una mínima entidad demográfica: 1.000 habitantes a la entrada en vigor de este Decreto.

En el artículo 316 se concretan los plazos para llevar a cabo la inspección técnica de construcciones, contados a partir de la fecha de terminación de las obras: 40 años para la primera inspección y 10 años para las sucesivas. También se regula la forma en que dichos plazos se ven afectados en el caso de que se ejecuten obras de rehabilitación integral –concepto que se define a tal efecto, así como el de fecha de terminación de la construcción o de las obras de rehabilitación integral, en su caso.

Aunque la norma también recoge que serán los propios ayuntamientos los que se encargarán de implantar y difundir la realización de las Inspecciones Técnicas de Edificios en Castilla y León, ésta no exime de su cumplimiento a los propietarios, de tal forma que aunque la instrucción fuera anulada sigue siendo obligatorio de la ITE en Valladolid bajo el riesgo no deseado de incurrir en sanciones económicas.

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